D. Francisco Velasco Garcia-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 229/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad COOPERATIVA OZONETCARN, SCCL, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Numero de asunto.- Concurso voluntario 229/2016 sección c2
Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8009155
Entidad concursada.- COOPERATIVA OZONETCARN, SCCL, con CIF nº F-65273344 y domicilio en Pol. Mas Gali, nave ind., c Palau, 19, 08503 Gurb (Barcelona).
Tipo de concurso.- voluntario
Fecha del auto de declaración.- 15.04.2016.
Administradores concursales.- La sociedad PLUTA ABOGADOS Y ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., que designa a Joaquim Sarrate Pou, con domicilio social en Avda. Diagonal, 611, 8.º A, 08028 Barcelona, teléfono núm. 934441876, fax núm. 934196751 y correo electrónico comunicación.barcelona@pluta.es.
Facultades del concursado.- intervenidas
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 88 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos ha dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresara el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicara además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañara copa en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados, pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten, sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 19 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sust.
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