Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber:
Primero.-Que por Auto de fecha 22/12/15, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 000376/2014, NIG n.º 12040-66-2-2014-0000417, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Restaurante Ximo Playa Ben Afeli, S.L.", domiciliado en paseo Marítimo, n.º 30, de Almazora (Castellón), CP 12550 con CIF B-12702940.
Segundo.-Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas:
1.º El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, este quedará responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acredores.
2.º El cese en su cargo del Administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.
3.º La extinción de la mercantil y el cierre de su hoja registral.
Castellón, 22 de diciembre de 2015.- Secretario judicial.
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