EDICTO
D./Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000217/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de AULAGA GOLF, S.L. y C.I.F. n.º B35768068, se ha dictado en fecha 24/11/2015 Sentencia Aprobando la Propuesta de Convenio presentada y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Apruebo la Propuesta de convenio de AULAGA GOLF, S.L. que obra unida a la sección primera del presente concurso mediante escrito de fecha 30 de marzo de 2015, y que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma.
Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
La administración concursal cesa en virtud de esta resolución y rendirá cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.
Con periodicidad semanal, contada desde la fecha de la sentencia aprobada del convenio, el deudor informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento.
Las Palmas de Gran Canaria, 22 de febrero de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid