EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.°- Que en el procedimiento número 540/11 por auto de 11/01/2016 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Electricidad Instelan 2001 S.L. con NIF B-48938740, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:
Parte dispositiva
1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 540/11 referente al deudor Electricidad Instelan 2001 S.L. con C.I.F. n.° B-48938740 por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.
3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.
4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
5.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público concursal.
La publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.
6.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.
7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal
Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe
Bilbao, 13 de enero de 2016.- El Secretario Judicial.
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