Edicto: Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,
Hace saber:
Que en los autos con el n.º 579/2008-G, sobre el proceso concursal de la persona física Gloria Viñas Ruíz, por auto de fecha 04/04/2016 se ha declarado el íntegro cumplimiento del Convenio del presente procedimiento concursal.
Firme el auto de declaración de cumplimiento, según el art. 141, en relación con el artículo 176.1.2.º LC y transcurrido el plazo de caducidad de las acciones de declaración de incumplimiento o, en su caso, rechazadas por resolución judicial firme las que se hubieren ejercitado, el juez dictará auto de conclusión del concurso
Barcelona, 5 de abril de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.
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