Don Alfonso Pérez Camino, Secretario de Justicia del Tribunal Constitucional,
Hago saber: Que la Sala Primera del Tribunal Constitucional por providencia de esta fecha, ha acordado admitir a trámite el recurso de amparo número 6179/15, interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la Sentencia número 343 de fecha 8 de octubre de 2015, dictada por la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra en el Rollo de Apelación número 507/2015, así como contra la Sentencia de fecha 9 de abril de 2015, dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Ponteareas, en el Procedimiento de Incapacitación núm. 493/2014, al estimar que las citadas resoluciones judiciales, han lesionado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE) y el derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE).
Lo que se publica a efectos de comparecencia de los posibles interesados en el mismo, de conformidad con lo prevenido en el art. 46.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que tendrá carácter preferente, expido el presente edicto en Madrid a dieciocho de julio de dos mil dieciséis.
Madrid, 19 de julio de 2016.- Secretario de Justicia.
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