Edicto
Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000203/2014 habiéndose dictado en fecha 20/06/2016 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
1.- Se Declara la Conclusión del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000203/2014, promovido por el/la Procurador/a Sr/a González Cano, Encarnación, en nombre y representación de la mercantil Leng Bussines SAU, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª Salvador Auban Sendra, con DNI Nº 29.187.925-M, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil, Leng Bussines SAU con C.I.F. A-97752638, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 03/05/2016.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).
Valencia, 20 de junio de 2016.- El/La Letrado/a Admon. Justicia.
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