Doña Cristina María Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 978/14, habiéndose dictado en fecha 11 de mayo de 2016 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte dispositiva
Acuerdo:
1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 978/14, promovido por la Procuradora Sra. Vázquez García, M.ª Esperanza, en nombre y representación de la mercantil Metalgi, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Account Control-IUS & Aequitas Administradores Concursales, S.L.P., con CIF n.º B86575685, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Metalgi, S.L., con CIF B46167128, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 23/03/16.
Valencia, 26 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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