En relación con el expediente 2/2016, relativo al contrato para la prestación del servicio de limpieza de los inmuebles y locales en los que la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra desarrolla su actividad administrativa e institucional, de conformidad con los siguientes
Antecedentes de Hecho
1.- Por resolución del Subdelegado del Gobierno en Pontevedra de 28 de junio de 2016 se aprobó el expediente de contratación 2/2016, con un presupuesto máximo, incluido el IVA, de ochenta mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (80.465,00 euros), disponiendo adjudicar el contrato por el procedimiento abierto, de conformidad con los artículos 110, 138, 142, 157, 158, 159, 160 y 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; con publicidad de la licitación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
2.- El anunció de licitación del contrato se publicó en el BOE núm. 172 del lunes 18 de julio de 2016.
Fundamentos de Derecho
I. El artículo 155 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público regula la figura de la renuncia y desistimiento por la Administración del procedimiento de adjudicación de los contratos. Establece que se podrá renunciar a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente, renuncia que se efectuará por el órgano de contratación antes de la adjudicación, circunstancia que se notificará a los candidatos o licitadores.
Las razones de interés público que fundamenta la renuncia del procedimiento de adjudicación del contrato constan debidamente acreditadas en el expediente de contratación.
Vistos los preceptos legales y demás normativa de pertinente aplicación,
Acuerdo:
Primero: Renunciar a la celebración del contrato para la prestación de servicios de limpieza de los locales e inmuebles en los que la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra desarrolla su actividad administrativa e institucional (Expediente 2/2016), por las razones de interés público acreditadas en el expediente de contratación.
Segundo: Publicar este acuerdo en el perfil de contratante y en el BOE.
Pontevedra, 22 de julio de 2016.- El Órgano de contratación. El Subdelegado del Gobierno en Pontevedra, Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, Antonio Coello Bufill.
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