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Documento BOE-B-2016-3678

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2016, páginas 4786 a 4786 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-3678

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1083/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Bebitec, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 1083/2015, Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1 -2015- 8008587.

Entidad concursada.- BEBITEC, SOCIEDAD LIMITADA, con CIF n.º B60660891.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 7 de enero de 2016.

Administrador concursal.- Marc Bernabeu Antón, con domicilio profesional en Trav. de Gracia, 71, 5.º 2.ª, Barcelona, n.º de teléfono 934147447, n.º de fax 93 2009562, con dirección electrónica bebitecconcursal@gmail.com.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte, y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 14 de enero de 2016.- EL Letrado de la Administración de Justicia sust.

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