Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 14/2014 habiéndose dictado en fecha 22 de diciembre de 2015 por el Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.-Se declara la conclusión del concurso Abreviado Voluntario, tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 14/2014, promovido por el Procurador Sr. Francisco José García Albert, en nombre y representación de la mercantil Urvasa Gestion Urbana, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de califcación.
3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Jorge Pastor Sempere, con DNI Nº 21.644.879-Q, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.-Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Urvasa Gestión Urbana SL, con C.I.F. B-97534234, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 14 de septiembre de 2015.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tabón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Francisco Jose Garcia Albert, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referídos edictos
Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.
Notifiquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)
Así por este Auto, lo pronuncia manda y firma el Ilma. Sra. Dña. María del Mar Fernandez Barjau, Magistrada-Juez de este Juzgado. Doy fe.
Valencia, 22 de diciembre de 2015.- La Letrada Admón Justicia.
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