Edicto
El Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia que
En los autos de Concurso abreviado seguido contra NARANJAS IBAÑES, S.L. se ha dictado en fecha 6 de julio de 2016 el auto de conclusión y archivo cuyo contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor que sigue:
"La conclusión y archivo por fin de la liquidación del proceso concursal voluntario (autos n.º 166/2013-L), de la deudora NARANJAS IBAÑEZ, S.L., domiciliada en A Coruña, Polígono Industrial A Grela-Bens, Merca- Coruña puesto 16, CIF B-46409835 e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 2.802, folio 83, hoja C-32.521.
Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto una vez firme.
Apruebo la rendición de cuentas presentadas por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese igualmente en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre y particípese la conclusión a los mismos Juzgados.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno
Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe"
Y para que sirva de notificación a todos los interesados se expide el presente en
A Coruña, 6 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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