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A los efectos previstos en el artículo 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se publica la Autorización Administrativa y la Declaración de Utilidad Pública de la instalación denominada: "Entrada/salida en subestación Santa Águeda desde línea aérea 66 kV subestación Lomo Maspalomas – subestación Arguineguín", con expediente número AT07/065, promovido por Red Eléctrica de España Sociedad Anónima.
El proyecto ha sido sometido a información pública mediante las correspondientes publicaciones en el "Boletín Oficial del Estado" número 281 de fecha 24 de noviembre de 2015, en el "Boletín Oficial de Canarias" número 226 de fecha 20 de noviembre de 2015, en el "Boletín Oficial de la Provincia" número 141 de fecha 11 de noviembre de 2015 y en prensa el 23 de noviembre de 2015 (Canarias 7).
Realizados los trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y del Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, vistos los informes recibidos y el Decreto 96/2016, de 11 de julio, del Consejo de Gobierno de Canarias, por el que se acuerda la ejecución de este proyecto, esta Dirección General de Industria y Energía ha resuelto, mediante la Resolución DGIE 1200/2016 de fecha de 18 de julio de 2016:
1. Autorizar la instalación denominada "Entrada/salida en subestación Santa Águeda desde línea aérea 66 kV subestación Lomo Maspalomas – subestación Arguineguín", con expediente número AT07/065.
2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de los bienes y derechos afectados por la instalación a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor Viceconsejero de Industria, Energía y Comercio, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, 27 de julio de 2016.- El Director General de Industria y Energía, Erasmo García de León.
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