Edicto
Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000298/2014, habiéndose dictado en fecha 08/07/16 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte Dispositiva
Acuerdo:
1.- Se Declara la Conclusión Del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000298/2014, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Balbastre Llorens, Amparo, en nombre y representación de la mercantil Conturia, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal Torres y Carrasco Gabinete Jurídico Económico, con DNI/CIF n.º B-98549165, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Conturia, S.L., con C.I.F. número B-96333364, procediendo en su caso al cierre de la hoja de Inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 23/05/16.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Balbastre LLorens, amparo a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.S.ª Doy fé.
El/La Magistrado/a Juez/a El/La Letrado/a Admón Justicia.
Valencia, 8 de julio de 2016.- El/La Letrado/a Admon Justicia.
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