A los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, INTERCUN, en su Asamblea General Extraordinaria celebrada el 20 de mayo de 2016, cuyo texto figura en el Anexo I.
El expediente de solicitud de extensión de norma presentado por la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, INTERCUN, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el Anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
Anexo I
Acuerdo de modificación del artículo 3, apartados 1 y 3, de la Orden AAA/1102/2014, de 26 de junio, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para promocionar el consumo de la carne de conejo, potenciar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica, mejorar el estatus sectorial y favorecer el seguimiento de la cadena alimentaria y las buenas prácticas entre los partícipes de la cadena de valor durante las campañas 2014/2015,2015/2016 y 2016/2017.
Artículo 3.- Aportación económica obligatoria.
1. Las aportaciones económicas a la Interprofesional por parte de los productores serán de 0,004 € por cada kilogramo de conejo en vivo, producido en España, entregado al matadero o a la entidad intermediaria entre productor y empresa de transformación (en adelante matadero) bajo cualquier tipo de personalidad jurídica (persona física, SAT, cooperativa, SL, etc.) hasta el final de la extensión de norma en vigor, fijada el día 30 de junio de 2017.
Los productores que vendan a otros países deberán hacer la aportación de modo individual o a través de una agrupación o una entidad intermediaria entre productor y empresa de transformación bajo cualquier tipo de personalidad jurídica (persona física, SAT, cooperativa, S.L., etc.).
3. Las aportaciones económicas a la organización interprofesional por parte de los mataderos y de entidades intermediarias bajo cualquier tipo de personalidad jurídica (persona física, SAT, cooperativa, S.L., etc.) de comercio de conejo en vivo, seguirán las siguientes reglas:
3.1 La aportación será de 0,004 € por cada kilo de conejo vivo sacrificado o comercializado reales.
3.2 En caso de que la Comisión de Seguimiento considere que un matadero o comercializador no aporte la cantidad que le corresponde según el sacrificio real, será ésta la que fijará la cuota, según el rango de sacrificio en el que el matadero o comercializador está ubicado, de acuerdo con la Tabla 1: Cuota mínima por campaña según el rango sacrificio de mataderos y comercializadores de conejos.
Tabla 1: Cuota mínima por campaña según el rango sacrificio de mataderos y comercializadores de conejos.
Rango de sacrificio semanal |
Cuota por campaña anual |
180.001 - 200.000 |
81.120 € |
160.001 – 180.000 |
72.800 € |
140.001 – 160.000 |
64.480 € |
120.001 – 140.000 |
56.160 € |
100.001 – 120.000 |
47.840 € |
80.001 - 100.000 |
40.352 € |
60.001 – 80.000 |
32.032 € |
50.001 – 60.000 |
28.288 € |
40.001 – 50.000 |
19.968 € |
30.001 – 40.000 |
16.016 € |
25.001 – 30.000 |
11.856 € |
20.001 – 25.000 |
9.776 € |
15.001 – 20.000 |
7.904 € |
10.001 – 15.000 |
5.824 € |
7.501 – 10.000 |
3.952 € |
5.001 – 7.500 |
2.912 € |
2.501 – 5.000 |
1.872 € |
0 - 2500 |
1.456 € |
Anexo II
Relación de dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica obligatoria presentado por la Organización Interprofesional para Impulsar el Sector Cunícola, INTERCUN.
Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla - Pza. de España, Sector 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza Plaza del Pilar s/nº; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Oviedo – Plaza España 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Palma de Mallorca – c/ Felicia Fuster, 7; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas –Explanada de Tomás Quevedo s/n.º- Edif. Oeste; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Santander – Calvo Sotelo, 25, 4.º; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid Francesco Scrimieri 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Toledo – Plza. Zocodover, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona – Bergara, 12-2.ª plta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz -Avda. Europa, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña c/ San Andrés, 162-3.ª plta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Melilla – Avda. Marina Española, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Murcia - Avda. Alfonso X El Sabio, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Pamplona –Plaza de las Merindades, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Vitoria – c/ Olaguibel, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Logroño c/ Muro de la Mata, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valencia - c/ Joaquín Ballester, 39 - 9ª, Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria - Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente - Pº Infanta Isabel, 1- Madrid, (sgcadena@magrama.es).
Madrid, 2 de septiembre de 2016.- El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando J. Burgaz Moreno.
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