Edicto
D. Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:
Primero: Que por Auto de fecha 11-1-2016, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 000284/2010, N.I.G. n.º 12040-66-2-2010-0000350, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Asador Picaña, S.L.", domiciliado en Puerto Deportivo Las Fuentes, locales 23. 24 y 25, Alcossebre (Alcalá de Chivert), Castellón y C.I.F./D.N.I. número B12779278.
Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas:
1.º El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, este quedará responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acreedores.
2.º El cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.
3.º La extinción de la mercantil y el cierre de su hoja registral.
Castellón, 14 de enero de 2016.- Secretario Judicial.
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