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Documento BOE-B-2016-57799

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 16 de noviembre de 2016, páginas 70921 a 70921 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-57799

TEXTO

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona

Hace Saber:

Que en los autos con N.I.G.08019-47-1-2016-8005573 y nº 725/2016 A se ha declarado el concurso voluntario de fecha 27 de octubre de 2016 de Proveedora Escolar S.A., con C.I.F. nº A08721433 y domicilio en C. Aragón 327 PL. Bajos (Barcelona) en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es D. Trinidad Roig Farran, con domicilio en Av. Diagonal 604 4º 2ª 08021 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico smrcons@smrcons.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Av. Diagonal 604 4º 2ª 08021 Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 28 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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