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Documento BOE-B-2016-57930

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 17 de noviembre de 2016, páginas 71091 a 71091 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-57930

TEXTO

Letrado de la Administración de Justicia, D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 657/2016 se ha declarado, mediante auto de fecha 3 de octubre de 2016, el concurso voluntario de FAMUDEL 50, S.L. con NIF B-63063614 y domicilio en c/ Ramon Casas, n.º 4, de Viladecans (Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Pau Vila Florensa por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal sito en Vía Augusta, n.º 48, 1.º de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal famudel50@arraut-salareixachs.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 3 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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