Edicto
Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
Primero. Que en el procedimiento concursal número 465/12-G se ha dictado el 8 de septiembre de 2016, Sentencia contra la que no se ha interpuesto recurso, desestimando la oposición a la rendición de cuentas y declarando la conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Equipamientos y Materiales Deportivos, S.L., con CIF B50143635.
Segundo. En dicha Sentencia se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Zaragoza, 27 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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