El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 26 de octubre de 2016 y en virtud de las funciones que le otorga el apartado n) del art. 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por RDL 2/2011, adoptó, entre otros, el acuerdo de:
"Otorgar a la empresa AMARRADORES DEL PUERTO DE PALMA, S.L. una prórroga de la licencia para la prestación del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el puerto de Palma, en los términos establecidos en el Pliego, con el contenido señalado en el artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, por un plazo de vigencia de dos (2) años o hasta que, en su caso, fuese aprobada una modificación del actual pliego de prescripciones particulares, si este plazo fuese menor. El cómputo de la prórroga comenzará a partir de 28 de octubre de 2016."
Palma de Mallorca, 26 de octubre de 2016.- El Presidente, Joan Gual de Torrella Guasp. La Secretaria, M.ª Antonia Ginard Moll.
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