EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 374/2011, incidente concursal 982/2013, referente al deudor Técnicas Aeronáuticas de Defensa y Automoción, S.A., con C.I.F. A41025560, por Auto de fecha 5 de enero de 2016, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Técnicas Aeronáuticas de Defensa y Automoción, S.A., llevado en este mismo Juzgado con el nº 1149/2014. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Técnicas Aeronáuticas de Defensa y Automoción, S.A., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 9 de febrero de 2016.- La Secretaria Judicial.
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