BDNS (Identif.): 301336
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio. Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Segundo. Objeto y finalidad.
Ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva en el marco de las competencias del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. URL español: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17455
Cuarto. Cuantía.
El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 8.007.018 euros.
En ningún caso la ayuda concedida podrá superar el 65 por ciento del coste total estimado del proyecto. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:
Modalidades Cuantía máxima individual (€)
A1.1, A1.2 45.000
A1.3 115.000
A2, B2, E1 30.000
B1, C2 40.000
C1, D1, D2 65.000
D3 80.000
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 15 de febrero de 2016.- La Directora general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Montserrat Iglesias Santos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid