Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º Que en el procedimiento Concursal Abreviado 331/2014 por auto de fecha 03/02/2016 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso.
3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción.
4º Se declara aprobada la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal.
Madrid, 3 de febrero de 2016.- El/La Secretario/a de la Admón. de Justicia.
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