Contido non dispoñible en galego
Edicto
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000015/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Electricas Guacimeta, S.L. y CIF n.º B35718261, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Se declara la conclusión del concurso de Electricas Guacimeta, S.L.
Se acuerda la extinción de la sociedad Electricas Guacimeta, S.L., con CIF n.º B-35718261, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.
Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno
(art. 177.1 LC).
Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.
Así lo acuerda, manda y firma Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas. Doy fe.
Las Palmas de Gran Canaria, 5 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid