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Documento BOE-B-2016-7826

SALAMANCA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2016, páginas 9831 a 9831 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-7826

TEXTO

Edicto

D. Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, por el presente, hago saber:

1.º Que en el Concurso de acreedores n.º 511/15, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 18 de febrero de 2016 Auto de declaración de concurso del deudor José Julián Ramos Ramos, con DNI n.º 07.869.939-Y, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ San Joaquín, n.º 8, 2.º de Guijuelo (Salamanca).

Se han declarado conjuntamente los concursos número 511/15 y 510/15, de José Julián Ramos Ramos y M.ª Carmen Ingelmo Ingelmo.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: D. Fernando Yagüe Gutiérrez.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Plaza del Corrillo, n.º 19, 2.º, puerta 3, 37002 Salamanca.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: concursoramosingelmo@gmail.com

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Salamanca, 19 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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