Edicto
Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valladolid, por el presente,
Hago saber:
Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I Declaración Concurso 0000024/2016 y NIG número 47186 47 1 2016 0000024, se ha dictado en fecha 27 de enero de 2016 Auto Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Prevención Prevent Cyl, S.L., con CIF B47534946, cuyo centro de intereses principales lo tienen en Avenida Gijón, 101, nave 6 de Valladolid.
Segundo.-El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente, la comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.
Tercero.-La identidad del administrador concursal es la siguiente: Fernando de las Heras Cantalapiedra, abogado.
La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: calle Miguel Iscar, 3, 5º derecha de Valladolid.
La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: concursoprevent@globaliuris.com.
Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC)
Quinto.-Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación del concurso mediante auto de fecha 28 de enero de 2016, quedando en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
Se declara disuelta la sociedad concursada Prevención Prevent Cyl, S.L., CIF B47534946, y el cese en su función de sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en que sea parte. La apertura de la liquidación producirá el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Sexto.-De conformidad con el artículo 23.1 Ley Concursal la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publican las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es.
Valladolid, 2 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justica.
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