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Documento BOE-B-2017-12012

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2017, páginas 14137 a 14137 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-12012

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la ley concursal (LC)),

Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 584/16, con NIG: 1808742M20160000641, por auto de 25/01/17 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Centro de Mayores Rosa de los Vientos, S.L.. con CIF B-18845679 y domicilio en C/ Mesones, n.º 1-2.º g, de Granada.

2.º-El deudor Centro de Mayores Rosa de los Vientos, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85. de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Membrive-Lemat Concursal, S.L.P., con CIF B19537398 y domicilio en C/ Arabial, n.º 136-bajo, 18003 de Granada y dirección electrónica: silvia@membriveasesores.com

Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de L.C. designa como persona natural que la representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a: D.ª Silvia Membrive Gongora, con DNI 52152746Q, profesión Economista y domicilio en C/ Arabial, n.º 136-bajo, 18003 de Granada. La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 13 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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