El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 469/14, referente al concursado Interoliva Explitaciones Agrícolas, S.L.U., C.I.F. B-91564237, por auto de fecha veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Interoliva Explotaciones Agrícolas, S.L.U., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 469/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrado Concursal designado, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 24 de octubre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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