Doña Pilar Solanot García, Letrada Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.° 2 de Alicante, por el presente, hago Saber:
Que en el procedimiento Concurso Abreviado -000981/2009 - D sobre declaración de concurso de la Mercantil GUILOY, S.A., con domicilio en Ibi, c/ Región Valenciana, s/n (hoy Virgen de los Lirios, n.°14), CP 03440, C.I.F. A-03073699, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante (al tomo 491 general, libro 189 de la sección 3.ª de Sociedades, folio 69, hoja n.° 2.750, inscripción 1.ª) se ha dictado auto de fecha 14/03/2017, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
1. - Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2. - Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3. - Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4. - Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5. - Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6. - La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibe o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.
Se expide el presente en:
Alicante, 14 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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