El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 12 de mayo de 2017, acordó otorgar a Embarcadero San Martín, Sociedad Limitada, una concesión administrativa para la utilización de superficie de dominio público terrestre y lámina de agua para la instalación de un pantalán flotante, rompeolas e instalaciones anexas para la venta de billetes, dentro de la zona de servicio del puerto, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie de agua para Embarcadero: 195 metros cuadrados.
Superficie de agua para Rompeolas: 332 metros cuadrados.
Superficie de subsuelo para acometida eléctrica: 5,90 metros cuadrados.
Superficie de terreno para Módulo prefabricado: 6 metros cuadrados.
B) Plazo: quince (15) años.
C) Objeto: la utilización de superficie de dominio público terrestre y lámina de agua para la instalación de un pantalán flotante, rompeolas e instalaciones anexas para la venta de billetes, incluyendo la obligación de mantener en servicio, durante el plazo de la concesión, de al menos una embarcación para la prestación del servicio turístico.
D) Tasas:
Tasa de ocupación de lámina de agua: 699,70 Euros/año.
Tasa de ocupación de subsuelo: 20,24 Euros/año.
Tasa de ocupación de suelo: 41,71 Euros/año.
Tasa de actividad para el ejercicio 2017: 1.930,00 Euros/año
Asimismo abonará, anualmente, la Tasa del Buque y la Tasa del Pasaje.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina.
Santander, 12 de mayo de 2017.- El Presidente, Jaime González López.
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