Edicto
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao.
Juicio Concurso abrev. 830/2009.
Parte Demandante: José Luis Aranzamendi Garramiola, Juan José Arriola Fernández, María Aránzazu Zaldumbide Romero, Ana María Elordi Echano y José Ramón Aranzamendi Garramiola.
Sobre Concurso Voluntario CNA 830/09-M.
En el juicio referenciado, se ha dictado Auto de fecha 18 de mayo de 2017 cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:
" 1.- Se declara cumplido íntegramente el convenio suscrito por los deudores José Luis Aranzamendi Garramiola y Ana María Elordi Echano, y José Ramón Aranzamendi Garramiola y María Aránzazu Zaldumbide Romero con sus acreedores y que fue aprobado por sendas sentencias de este Juzgado de fecha 2 de octubre de 2012, dictadas ambas en este procedimiento concursal.
2.- Publíquese esta resolución en el "Boletín Oficial del Estado".
3.- Líbrense mandamientos a los Registros en los que está inscrito el concurso, para la inscripción de la presente declaración judicial de cumplimiento del convenio. "
Y en cumplimiento de lo dispuesto en dicha resolución y de conformidad con lo establecido en el art. 139,2.ª LECO, se ha acordado la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
Bilbao, 19 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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