Edicto
Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, por el presente,
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1.-Que en el procedimiento concursal n.º 663/2010, NIG: 26089 42 1 2010 0004335, por Auto de fecha 1 de junio de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso, por ser firme el Auto que declara el cumplimiento del convenio en su día aprobado, relativo a la mercantil Troqueleria LSA, S.L., con domicilio social en Polígono Industrial Cantabria, calle Soto Galo, n.º 2, de Logroño (La Rioja), y CIF B-26195842.
2.- Se ha acordado el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Publicar el presente Auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Registro Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la LC, preferentemente por vía telemática.
Así mismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la LC, expídanse mandamientos al Registro Mercantil de La Rioja que serán entregados a la Procuradora de la concursada para su diligenciado y reporte.
Logroño, 1 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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