Contido non dispoñible en galego
Edicto.
María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y Mercantil DE LOGROÑO (La Rioja), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 434/13, NIG 26089 42 1 2013 0002730, por auto de fecha once de julio de dos mil diecisiete se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil FRACAR, S.L. Inscrita en el Registro Mercantil de La Rioja, con domicilio social en Carretera de Logroño, km 60, de Rincón de Soto (La Rioja), y CIF B-26028910. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.
2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.
3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de FRACAR, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Logroño, 11 de julio de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
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