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Documento BOE-B-2017-46251

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2017, páginas 56313 a 56313 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-46251

TEXTO

Edicto

Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Ordinario número 257/2016-F de las siguientes tres sociedades concursadas: 1.ª "Innovación Técnica en Servicios Energéticos, Sociedad Limitada", con CIF n.º B99235012 y domicilio social en Zaragoza, calle Monasterio de las Descalzas Reales, n.º 21, nave 9, CP 50014; e inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 3687, folio 112, hoja número Z-48036; 2.ª "Innovación en Servicios Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Limitada -Unipersonal-", con CIF n.º B99405821 y domicilio social en Zaragoza, calle Monasterio de las Descalzas Reales, n.º 21, nave 9, CP 50014; e inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 4034, folio 75, hoja número Z-56460, y 3.ª "Innotec Consultoría y Formación, Sociedad Limitada", con CIF n.º B99355000 y domicilio social en Zaragoza, calle Monasterio de las Descalzas Reales, n.º 21, nave 9, CP 50014, e inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 3934, folio 1, hoja número Z-53907, por auto de fecha 14 de Julio de 2017 contra el que no cabe recurso alguno, se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar la conclusión del concurso de las siguientes tres sociedades concursadas: 1.ª "Innovación Técnica en Servicios Energéticos, Sociedad Limitada", 2.ª "Innovación en Servicios Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Limitada -Unipersonal- " y 3.ª "Innotec Consultoría y Formación, Sociedad Limitada".

2.- Archivar definitivamente las actuaciones por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

3.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la citadas tres sociedades concursadas hasta ahora subsistentes.

5.- Declarar el cese de la Administración Concursal, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada.

6.- Acordar la extinción y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Zaragoza de la tres siguientes sociedades concursadas: 1.ª "Innovación Técnica en Servicios Energéticos, Sociedad Limitada", 2.ª "Innovación en Servicios Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Limitada -Unipersonal- " y 3.ª "Innotec Consultoría y Formación, Sociedad Limitada".

Zaragoza, 17 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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