Doña MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 6 de Madrid, anuncio:
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso Abreviado bajo el n.° 190/2016, sobre la mercantil HOME VIAJES XXI, S.L., en cuyos autos se ha dictado resolución en fecha 31 de julio de 2017, acordando:
1. QUE DEBO APROBAR Y APRUEBO la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de HOME VIAJES XXI, S.L.., con CIF B86403334, y en consecuencia ACUERDO LA CONCLUSIÓN del presente procedimiento.
2. La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concúrsales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal.
3. Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concursado y sobre los acreedores de la concursada.
4. Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicidad en forma se expide el presente
Madrid, 31 de julio de 2017.- La Letrada de la Admón. de Justicia.
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