Contido non dispoñible en galego
Edicto
Doña Maria Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, anuncio,
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso Abreviado bajo el nº 1099/2010 sobre la mercantil XEROFITNESS, S.L., con cuyos autos se ha dictado resolución firme acordando.
1.- Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal AD CRYEX, S.L.P., en el concurso XEROFITNESS, S.L., con CIF B-82518606 y en consecuencia Acuerdo la Conclusión del presente procedimiento.
2.- La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal.
3.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declara en concursado y sobre los acreedores de la concursada.
4.- Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido y firmo la presente.
Madrid, 31 de julio de 2017.- El Letrado/a de la Administración de Justicia.
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