Doña Isabel Torcida Seghers, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,
Hago saber:
Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Sentencia de fecha 10 de abril de 2017, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso n.º 1086/2009 de TALLERES LOMBO, S.L., por inexistencia de bienes y derechos del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Inhabilitar a los miembros integrantes de la Administración concursal para ser nombrados en otros concursos durante un periodo de seis meses a contar a partir de esta sentencia
3. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
4. Se desaprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
5. Se acuerda el cese de la administración concursal.
6. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
7. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de TALLERES LOMBO, S.L. y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el "BOE" y en el Registro Público Concursal.
Santander, 8 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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