Contido non dispoñible en galego
EDICTO
Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente,
Hago saber:
1.º-Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 240/2017-F, y número de Identificación General del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2017 0000520, en el cual se ha dictado en fecha de 21 de Septiembre de 2017, Auto de declaración de concurso voluntario y simultánea apertura de la fase de liquidación de la Compañía Mercantil "Tecnología Galvan, Sociedad Limitada", con CIF número A50052216 y domicilio social en Zaragoza, Polígono Malpica, Calle 0, parcela 130, C.P. 50057.
2.º-Se ha acordado también en dicho auto abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la citada sociedad mercantil "Tecnología Galvan, Sociedad Anónima", y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, cesando en su función su órgano de administración que recae en sus dos administradores solidarios, don Manuel Olalla Pinilla, con DNI número 17.719.490-Z, y doña María Beatriz Andrés Chárlez, con DNI número 25.446.740-T, que serán sustituidos por la Administración Concursal designada.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Iberbrokers Asesores Mercantiles y Concursales, S.L.P.", con CIF B99357790, representada por el abogado Don Miguel Ángel Clemente Jiménez, con DNI núm. 25.146.712-F; con dirección postal a efectos de notificaciones y comunicación de créditos: Avenida Independencia nº 34, 4º - Dcha., 50004-Zaragoza; Teléfono: 976212016; Fax: 976211811; y correo electrónico: concursal2@iberbrokers.es
Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.
4.º-La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.
5.º-Indicar que la concursada deudora ha solicitado la liquidación de su patrimonio, acompañando como Documento número 9 Propuesta de Plan de Liquidación respecto del que los acreedores podrán realizar alegaciones en el plazo de DIEZ DIAS.
6º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).
Zaragoza, 5 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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