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Edicto.
Doña Cristina María Valero Domenech, Letrado/a Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000455/2009, habiéndose dictado en fecha 6 de Septiembre de 2017, por el Ilmo/a Sr/a Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Se decreta la conclusión del Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000455/2009, promovido por el Procurador señor Verdet Climent, Francisco, en nombre y representación de la mercantil Ballecon Obras y Servicios, S.L.U., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Pedro Picazo Sentí, con DNI número 52.787.008-F, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Ballecón Obras y Servicios, S.L.U., con C.I.F. B-97383459, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
Valencia, 6 de septiembre de 2017.- El/La letrado/a Admón. de Justicia.
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