Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el incidente concursal número 367/17, procedimiento concursal número 756/14, referente al deudor Castillo López, S.A., con CIF A-41062126, y domicilio en Carretera de Pruna, Km 1, Morón de la Frontera. Sevilla, por sentencia de fecha uno de septiembre de dos mil diecisiete se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Castillo López, S.A., llevado en este mismo Juzgado con el número 756/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Castillo López, S.A. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra terceros.
Sevilla, 9 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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