Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:
Número de asunto. Concurso abreviado 535/2017 Sección: B.
NIG: 0801947120168008819.
Fecha del auto de declaración. 20/1/17.
Clase de concurso. Concurso voluntario abreviado.
Entidad concursada. ESV CONTROL, S.C., con B65241382, con domicilio en calle de l 'Antic Camí Ral de Valencia 38, Ap. correu, 08860 - Castelldefels.
Administradores concursales. En el auto de fecha 20/1/17 se nombró administrador concursal a POLYHEDRON, posteriormente se acumuló el concurso de ESV-CONTROL, S.L.U. al Juzgado Mercantil 1 de Barcelona conforme a lo acordado en auto de fecha 9/6/17 por pertenecer la mencionada sociedad a un mismo grupo societario que se tramitan en este juzgado. Mediante auto de fecha 21/9/17 se acordó el cese por justa causa de la administradora Marta Crespo Guijarro (POLYHEDRON) y nombramiento de ABOGADOS PARTNERSHIP, S.L.P., quien designo como persona física a JOSÉ MARIANO HERNÁNDEZ MONTES, que acepto el cargo en fecha 6/10/17.
Consta designado como administrador concursal:
Dirección postal: c/ Balmes, 186, 2-1. Barcelona.
Dirección electrónica:concursoesvcontrol@mmabogados.org
Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas.
Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 -Barcelona
Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.
Barcelona, 25 de octubre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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