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Documento BOE-B-2017-7064

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 2017, páginas 8400 a 8400 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-7064

TEXTO

D.ª Ana Maria Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia,

Que en el procedimiento Concurso Abreviado 13/2009 del deudor ESMONTAR, S.L., se ha dictado el 13 de diciembre de 2016 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento con el siguiente literal:

1.- Declarar la conclusión del concurso de la mercantil ESMONTAR, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, así como su extinción como personalidad juridica.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los art. 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.

3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

4- Acordar la extinción de la concursada y la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos.

5.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

6.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe.

Murcia, 19 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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