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Documento BOE-B-2018-12242

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 2018, páginas 15462 a 15462 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-12242

TEXTO

Edicto

Doña Carlota Fernández Ambros, Letrada de la Administración de Justicia de Xdo. Primeira Instancia n. 2 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal núm. 518/2017 instado por la Procuradora Sonia María Gómez-Portales González, en nombre y representación de Francisco Manuel Castro Souto, en el cual se ha dictado, con fecha 20 de noviembre de 2017, Auto Declarando en Concurso al deudor Francisco Manuel Castro Souto con dni 32.839.739V y domicilio en calle Visitación de la Encina nº 7, 5º D, Culleredo (A Coruña).

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente:

María Teresa Gómez Deus.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: rúa Santa Clara núm. 20 – 1º -15704 – Santiago de Compostela.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: info@teresagomezdeus.com.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

A Coruña, 10 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia,

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