D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 001119/2011 Voluntario, de los deudores concursados José Luis Cano Martínez y Milagros Ruiz Miñano, con CIF 29066380S y 33464688X con domicilio en la calle 25 de Abril, n.º 18-4, de Moncada (Valencia), y calle 25 de Abril, n.º 18-4, de Moncada (Valencia), en cuyo seno se han dictado auto de fecha ocho de abril de dos mil dieciséis y auto núm. 295/2015, de fecha 2/9/15, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y archivo de las actuaciones. Se acuerda la concesión del beneficio provisional de exoneración del pasivo insatisfecho, que tendrá una duración de 5 años, contados de fecha a fecha desde la presente resolución salvo revocación expresa (art. 178 bis LC). Los deudores quedan responsables del pago de los créditos restantes no afectados por exención declarara conforme a los expuesto en el fundamento tercero de esta resolución.
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 8 de abril de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
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