El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Que en el procedimiento número 499/17, con NIG 4109142M20170001147, por Auto de fecha 2/03/18, se ha acordado lo siguiente:
"1.- Declarar la conclusión del concurso de doña Amalia Gamito Flores.
2.- Archivar las actuaciones.
3.- La cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
4.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
5.- El cese de la Administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.
6.- Conceder, con carácter provisional, el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.
7.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del Juzgado.
8.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.
9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
10.- Notificar la presente resolución a la Administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme."
Sevilla, 12 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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