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Edicto
Doña Pilar Solanot García, Letrada Admon. Justicia, del Juzgado de lo Mercantil N.º 2, de Alicante, por el presente
Hago Saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado (CNA) -000559/2011 - R, sobre declaración de concurso de la mercantil Construcciones Arquitectura y Servicios de Alicante S.L., domiciliada en la calle Las Navas, n.º 33-37, 4.º izquierda, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 2.230, Folio 98, Hoja A-53.462, inscripción 1.ª, en cuyo seno se ha dictado con fecha 2-02-18 auto, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.
Se expide el presente en
Alicante, 2 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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