Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal.
Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 258/2018, por auto dictado en fecha 22 de febrero de 2018, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Anyan Traydis s.l., con CIF: B87105623.
2º.- Que la mercantil Anyan Traydis, s.l., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis l.co.
4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declara nuevo concurso.
6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
madrid, 27 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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