Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente
Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 48/2012, se ha dictado en fecha 9 de febrero de 2018 sentencia declarando la conclusión del concurso de la mercantil Textil Hotel, S.L., con CIF n.º B-35093426, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:
Desestimo la demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social, y acuerdo:
Primero.- La conclusión del concurso de Textil Hotel, S.L. por agotamiento de la liquidación.
Segundo.- La extinción de la sociedad Textil Hotel, S.L. con CIF n.º B-35093426, y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. La sociedad figura inscrita al Tomo 1084, Folio 16, Hoja GC-8272.
Tercero.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Las Palmas de Gran Canaria, 28 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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