Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento concurso abreviado – 770/2010 -R sobre declaración de concurso de la mercantil TAPAS Y VAKAS SL con domicilio en Alicante, Centro Comercial Panoramis, C/ Muelle de Poniente nº 6, Local B-17 y C.I.F. número B-54440037, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 3.399, folio 5, hoja Nº A-118301, inscripción 1ª se ha dictado auto de fecha 22-03-16, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:
Acuerdo:
1.-Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.-Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.-Aprobar la rendición de las cuentas de la administración concursal.
5.-Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.
6.-La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del articulo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado -Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.
Alicante, 22 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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