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Documento BOE-B-2018-23595

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 23 de abril de 2018, páginas 30643 a 30643 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2018-23595

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el concurso voluntario nº 1110/14, seguido a instancia de VIAMOSA MOTOR S.A. con CIF A18439364 por auto de fecha 18 de Abril de 2018, se ha acordado:

Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica VIAMOSA MOTOR S.A. con CIF A18439364, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de VIAMOSA MOTOR S.A. con CIF A18439364. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de VIAMOSA MOTOR S.A. con CIF A18439364

Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC).

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. ª María José Fernández Alcalá Magistrada-Juez adscrita al Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada.

Granada, 19 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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